DDPF-Libros y Capítulos de libro
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Examinando DDPF-Libros y Capítulos de libro por Materia "Derecho penal"
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Ítem El bien jurídico en el delito de conducción sin permiso o licencia(Dykinson, 2018) Benítez-Ortúzar, IgnacioCon la excepción del quebrantamiento de la pena (o medida cautelar) de privación del permiso o licencia para conducir, que vendría a constituir un tipo de quebrantamiento genérico del artículo 468 CP, permanecieron en el marco de la disciplina administrativa estas conductas hasta la reforma del Código penal de 1995 operada por LO 15/2007, de 30 de noviembre, donde se retoma un debate jurídico que parecía superado trasladándonos a un momento preconstitucional, recuperando prácticamente en su integridad los artículos 3 y 12 de la Ley de 9 de mayo de 1950, sobre uso y circulación de vehículos de motor, cuyos preceptos parecen ser recuperados e incorporados al artículo 384 CP vigente.Ítem Ciberdelitos. La implementación en el ordenamiento interno de los acuerdos internacionales en materia de ciberdelincuencia(Dykinson, 2021) Benítez-Ortúzar, IgnacioLa realidad en la que se ha instalado la llamada sociedad de la información y la comunicación, cada vez más compleja y accesible al mismo tiempo, con la creación de artificios que llegan a actuar con una cierta independencia del ser humano, también va a influir con fuerza en el ámbito propio de la criminalidad. La delincuencia es indisociable de las formas en las que se organiza y desarrolla una determinada sociedad, adaptando sus formas de operar a las posibilidades que ésta les ofrece. En este sentido, la era de la informática, además de facilitar la actividad en múltiples facetas de la información y el conocimiento, permite la aparición de nuevas formas de realización de la actividad delictiva. Los aspectos relacionados con la telemática y la irrupción de Internet como una red de redes de alcance auténticamente global, permitieron además una inmediatez en el resultado unido a la posibilidad de la distancia en la acción; circunstancias que, en el marco de la actividad criminal y de la eficacia del Derecho punitivo de los Estados, ya advirtieron la aparición verdaderos problemas si se partía de las previsiones jurídicas tradicionales. Realidad que se hace más palpable con la evolución de la tecnología y la implementación del Big data y el mundo de los algoritmos en “aparatos” a los que se les dota de la llamada “inteligencia artificial”, con una capacidad de aprendizaje cada vez más autónomo respecto de la actuación de sus creadores y/o de sus usuarios. Debe observarse, no obstante, desde este momento, que la actividad fraudulenta o criminógena relacionada con la telemática no siempre va a suponer que emerjan nuevos valores sociales a tutelar; es decir, no van a dar lugar a la creación de bienes jurídicos de nuevo cuño. Al contrario, en la mayoría de los casos, por no decir en todos, el bien jurídico tutelado que se ve lesionado o puesto en peligro como consecuencia de la aplicación de los desarrollos tecnológicos es un bien jurídico tradicional, cuya tutela ya es objeto de protección por el Derecho penal. Son las formas de lesión o puesta en peligro de esos valores fundamentales para la sociedad y el individuo las que se ven facilitadas por las innovaciones tecnológicas. Formas de lesividad que, por otra parte, como consecuencia de la taxatividad propia del principio de legalidad penal, no siempre aparecen reflejadas en los tipos que incluyen los Códigos punitivos de los distintos Estados y que han ido dando lugar a cambios legislativos en los últimos años.Ítem Maternidad subrogada e interrupción voluntaria del embarazo(DYKINSON S.L., 2019) Benítez-Ortúzar, IgnacioSon múltiples las interrogantes que pueden plantearse en relación con la decisión para continuar la gestación tras un contrato de subrogación, en tanto que, aún con un detallado convenio entre las partes, las decisiones posteriores tomadas por la mujer gestante son decisiones que toma sobre su propio cuerpo, y suponen la materialización del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad, lo cual incluye también el derecho a revocar el consentimiento dado para actos futuros sobre su cuerpo. No debe olvidarse, por tanto, que durante todo el periodo temporal que dura la gestación se “juega” sobre los limites de un derecho fundamental cuya titularidad corresponde en exclusiva a la mujer gestante. Lo que lleva a plantear problemas que, al margen de la moral o la ética, afectan directamente al Derecho positivo. Al respecto, el punto de partida debe ser el del derecho a interrumpir voluntariamente el embarazo como un derecho exclusivo de la mujer gestante, recogido así tras una larga y controvertida lucha de la mujer por sus derechos en las ultimas décadas hasta llegar a la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marso, de la salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. No obstante, al plantear la admisión de la maternidad por sustitución o subrogada es obligado plantear la titularidad para consentir la interrupción de la gestación, y si es necesario distinguir la situación de la mujer que queda embarazada por cualquier forma (sexual o por a aplicación de una técnica reproductiva asistida) de su propia descendencia, de la situación de la mujer que contrata la cesión de su cuerpo para gestar la descendencia de otros, en cuyo caso habría que considerar a ésta como un simple vehículo para la supervivencia de una vida que le es ajena.