REFLEXIONES SOBRE ROBÓTICA Y DERECHO. ESPECIAL REFERENCIA AL VEHÍCULO AUTÓNOMO
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Fecha
2020-01
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Editor
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de A Coruña
Resumen
El mundo de la robótica ha irrumpido con fuerza en la sociedad actual, y no
es aventurado afirmar que esto no ha hecho nada más que empezar. La
sociedad actual no es concebible sin la “colaboración” de esos mecanismos
surgidos del ingenio humano. Hoy no hay sector de la sociedad capaz
de comprenderse sin la intervención de una máquina dotada de cierta
autonomía. En la industria, en la agricultura, en la medicina, en el ámbito
de servicios,…., en cualquier sector al que se acuda, aparecen artefactos
que funcionan y actúan con cierta independencia del ser humano.
Es cierto que las “máquinas” no son nuevas en la historia de la humanidad, y que la
evolución de éstos artilugios, desde la misma invención de la rueda hasta las mas
modernas computadoras que operan con el tratamiento masivo de datos, a lo largo de los
siglos ha ido favoreciendo el desarrollo de la sociedad, cuyas grandes transformaciones
han girado en torno a las grandes revoluciones industriales.
Ahora bien, hasta la irrupción del “big data” y el tratamiento automatizado de datos,
con la incorporación al artefacto creado de la mano de la ingeniería humana de
algoritmos con capacidad de ir adquiriendo un “aprendizaje” a través de su propia
experiencia, estas “maquinas” siempre estuvieron bajo el directo control humano. Así
que las respuestas jurídicas ante resultados no deseados en su funcionamiento si bien
plantearon complejos procesos facticos, no presentaron grandes fallas en la dogmática
jurídica tradicional. Incluso puede decirse que la generalización de la informática y la
implementación de las metodologías de la información y la comunicación, que tuvieron
una incidencia decisiva en las transformaciones de las relaciones derivadas del proceso
de producción, transformación y distribución de bienes y servicios, en el ámbito de
la dogmática jurídica quedó limitada a su adaptación a las nuevas vías de hecho, en
tanto que los sujetos y objeto de la relación jurídica no variaban. La computadora, que
facilitaba la actividad humana, también la actividad ilícita, en ningún momento dejó de
ser un objeto para el Derecho.
En este sentido, no es aventurado afirmar que hemos entrado de lleno en una nueva era,
La era en la que robots y otras formas de inteligencia artificial desencadenan una nueva
revolución industrial afectando a todos los segmentos sociales. Ello, unido la realidad
de la sociedad de la comunicación y la información en un mundo globalizado, su ámbito
de influencia y su inmediatez, obliga a los legisladores en cualquier rincón del mundo a
elaborar novedosas construcciones jurídicas que tengan en cuenta esta realidad, con
la predeterminación de unas consecuencias jurídicas coherentes, sin que éstas puedan
suponer un obstáculo a la innovación, simplemente porque su sólo planteamiento es
imposible.
Descripción
Palabras clave
DERECHO PENAL, ROBÓTICA, INTELIGENCIA ARTIFICIAL, VEHÍCULO AUTONOMO
Citación
https://ragjyl.gal/wp-content/uploads/2021/02/FORO-GALLEGO-208.pdf