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El principio uti possidetis iuris: de interdicto posesorio a instrumento para la delimitación de fronteras en la sociedad internacional contemporánea

Fecha

2022

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Editor

Editorial Universidad Abierta Interamericana. Red de Editoriales de Universidades Privadas (REUP)

Resumen

El actual principio de derecho internacional uti possideti iuris tiene sus orígenes en el Derecho Romano, concretamente se toma del interdicto del pretor, de tipo procedimental, que reza uti possidetis, ita possideatis (así como poseéis, continuad poseyendo). Por este interdicto se prohibía a las Partes alterar el estado de la posesión del inmueble existente entre ellas, siempre que ésta no hubiera sido obtenida con violencia, de forma clandestina o a titulo precario. Se trataba en cierta manera de una prohibición de alterar el status quo y de una solución in limine litis. Con sentido análogo pasó a ser adoptado en el Derecho internacional general para describir un método de determinación de los cambios territoriales acaecidos como resultado de un conflicto o una guerra. De esta forma, el derecho internacional daba el nombre del uti possidetis al sistema de consolidación de la situación de facto resultado de enfrentamientos. Podría decirse que, sobre la base de este principio, los ex-beligerantes adquirían titulo de soberanía sobre el territorio bajo su control. A pesar de sus raíces romanísticas, este principio llega al continente Latinoamericano con un significado diferente. Con una clara dimensión política y de derecho público, aplicándose como solución ante posibles conflictos de delimitación de fronteras.

Descripción

Palabras clave

interdictos posesorios, interdicto uti possidetis, delimitación de fronteras, derecho romano, derecho internacional público

Citación